El ayuntamiento de Ortigueira aportará 10.000 por cada trabajador/a a las empresas que se asienten en el Polígono Industrial de Cuiña.
Esta medida ha sido aprobada por unanimidad por el pleno del ayuntamiento y tiene como objetivo la creación de empleo gracias a la instalación de nuevas empresas en la localidad.
La noticia la hemos recogido de su portal oficial y en el se recoge la siguiente información, que pasamos a citar textualmente, y que tiene fecha de 25 de febrero de 2013:
" Tal y como había anunciado el alcalde en la presentación del presupuesto
municipal para el año 2013, que hoy se aprobó definitivamente, se ha
reservado una partida de 300.000 € en para fomentar e incentivar las
inversiones productivas en el área empresarial del municipio,
permitiendo la creación de empleo y, en consecuencia, la fijación de
población en la localidad.
Podrán beneficiarse de estas ayudas todas aquellas personas físicas o jurídicas, independientemente de la forma en la que se constituyan, que inicien una actividad empresarial o abran un nuevo centro de trabajo en el Polígono de Cuiña en el período comprendido desde el 1 de enero al 15 de noviembre de 2013, ambos inclusive.
La cuantía de la ayuda a conceder será de 10.000 euros por cada puesto de trabajo creado y cubierto, contabilizándose el del promotor/es y los contratos de trabajo estables, bien a jornada completa bien a tiempo parcial que generen. No obstante, en este último caso, no podrá ser inferior al 50% de la jornada ordinaria y la cuantía de la subvención se reducirá en el mismo porcentaje que corresponda a la jornada completa."
Podrán beneficiarse de estas ayudas todas aquellas personas físicas o jurídicas, independientemente de la forma en la que se constituyan, que inicien una actividad empresarial o abran un nuevo centro de trabajo en el Polígono de Cuiña en el período comprendido desde el 1 de enero al 15 de noviembre de 2013, ambos inclusive.
La cuantía de la ayuda a conceder será de 10.000 euros por cada puesto de trabajo creado y cubierto, contabilizándose el del promotor/es y los contratos de trabajo estables, bien a jornada completa bien a tiempo parcial que generen. No obstante, en este último caso, no podrá ser inferior al 50% de la jornada ordinaria y la cuantía de la subvención se reducirá en el mismo porcentaje que corresponda a la jornada completa."
-Para consultar condiciones y texto íntegro de la ayuda pinchar aquí
¡Os esperamos en la siguiente entrada!

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